¿Va a viajar y piensa volver a España entre el 11 de Noviembre 2019 y el 12 de Enero 2020?
La Dirección General de la Policía/Comisaría General de Extranjería y Fronteras ha publicado una instrucción que habla sobre la autorización de regreso a España.
Como muchos saben, es necesario solicitar una autorización de regreso si usted va a viajar y luego regresar a España para evitar problemas.
La nueva autorización de regreso explica que:
Si usted NO va a viajar en avión y regresará a España entre el 11 de Noviembre 2019 y el 12 de Enero 2020 de este año, NO es necesario solicitar una autorización de regreso si se encuentra en alguno de estos casos:
- Tiene la renovación de su autorización en trámite.
- Le han concedido la renovación
- Si le han concedido renovación y ha puesto huella.
Si usted viaja vía terrestre, marítimo o fronterizo entonces usted debe presentar otra serie de documentos que sustituirán la autorización de regreso. Estos documentos son:
- Pasaporte en vigor o documento de viaje
- Tarjeta caducada
- Resguardo de la solicitud de renovación
Si usted no aplica a ninguna de las condiciones anteriormente listadas, como por ejemplo, si usted viajará en avión, o volverá a España en otras fechas, entonces usted SI debe solicitar su autorización de regreso! (Si no conoce el proceso, contacte con nosotros y le asistiremos sin ningún problema).
IMPORTANTE
Aquí dejamos la instrucción oficial para que pueda leerla en detalle:

Si después de leer este artículo aún no está seguro si necesita la autorización de regreso, por favor contacte con nosotros y le asesoramos.
Para comunicarse con nuestro equipo puede llamarnos al +34 911 270 920 o enviarnos un email a info@sternaabogados.com.