¿Quieres traer a tu familia a vivir contigo en España? La reagrupación familiar es un procedimiento legal que te permite solicitar la residencia para ciertos familiares directos, siempre que cumplas con los requisitos exigidos por la ley de extranjería. En esta guía actualizada a 2025, te explicamos paso a paso todo lo que necesitas saber.
¿Qué es la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar es un derecho reconocido a los extranjeros residentes en España que desean vivir junto a sus familiares. Este permiso forma parte de las autorizaciones de residencia temporal reguladas por la Ley Orgánica 4/2000 y su reglamento.
¿Quién puede solicitarla?
Cualquier extranjero que tenga una residencia legal de al menos un año en España y haya obtenido la renovación para al menos otro año adicional.
¿A qué familiares puedo reagrupar?
Familiares directos permitidos en régimen general:
- Cónyuge o pareja registrada.
- Hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad).
- Hijos del cónyuge o pareja, si se tiene la patria potestad.
- Ascendientes (padres o suegros) del reagrupante o de su pareja, mayores de 65 años, si se demuestra dependencia económica.
Casos especiales:
- Parejas no registradas con prueba de convivencia estable de al menos un año.
- Hijos adoptados.
- Excepcionalmente, familiares que dependan del reagrupante por motivos graves.
Requisitos para la reagrupación familiar 2025
Requisitos del reagrupante:
- Residencia legal en España renovada.
- Medios económicos suficientes: mínimo 150% del IPREM mensual, más un 50% adicional por cada familiar.
- Vivienda adecuada: certificado de habitabilidad.
- Seguro médico privado o público.
Requisitos del familiar reagrupado:
- No tener antecedentes penales.
- No estar en situación irregular.
- No estar dentro del período de compromiso de no retorno (si ha salido voluntariamente de España).
Requisitos para la reagrupación familiar 2025
Documentación necesaria
Requisitos del reagrupante:
- Residencia legal en España renovada.
- Medios económicos suficientes: mínimo 150% del IPREM mensual, más un 50% adicional por cada familiar.
- Vivienda adecuada: certificado de habitabilidad.
- Seguro médico privado o público.
Requisitos del familiar reagrupado:
- No tener antecedentes penales.
- No estar en situación irregular.
- No estar dentro del período de compromiso de no retorno (si ha salido voluntariamente de España).
Documentos del reagrupante:
- NIE y pasaporte.
- Justificantes de ingresos (nóminas, IRPF, certificado de empresa o actividad autónoma).
- Contrato de alquiler o escritura de vivienda.
- Informe de habitabilidad (emitido por el Ayuntamiento).
Documentos del familiar:
- Pasaporte completo.
- Certificado de nacimiento o matrimonio (según el familiar).
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico.
Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español y legalizados o apostillados.
¿Cómo se hace el trámite?
- Presentación de la solicitud: en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
- Resolución: máximo 45 días hábiles. Si no hay respuesta, se entiende denegada (silencio administrativo negativo).
- Visado en el consulado: el familiar reagrupado debe solicitar el visado en su país de origen.
- Entrada en España y TIE: una vez aprobado, el familiar tiene 90 días para entrar y solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
¿Cuánto tarda todo el proceso?
- Resolución de extranjería: hasta 45 días.
- Visado en el consulado: entre 1 y 3 meses, según el país.
- Entrada y gestión de TIE: dentro de los 90 días tras el visado.
Tiempo total estimado: entre 3 y 6 meses.
¿Dónde se presenta la solicitud?
- En la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides.
- Se puede hacer presencial con cita previa o a través de representación legal.
Preguntas frecuentes sobre reagrupación familiar en 2025
¿Puedo reagrupar a mi pareja si no estamos casados?
Sí, siempre que acreditéis al menos 1 año de convivencia estable y continua.
¿Qué ocurre si me deniegan la solicitud?
Puedes interponer un recurso de reposición o contencioso-administrativo. Te recomendamos asesoría legal para evitar errores comunes.
¿Puedo trabajar con la tarjeta de reagrupación?
Sí. Los reagrupados en edad laboral pueden trabajar una vez que obtienen la TIE correspondiente.
¿Necesitas ayuda para reagrupar a tu familia?
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