¿Qué es el paro? ¿Cómo puedo obtenerlo?
El paro, también conocido como la pensión de desempleo es una ayuda que ofrece el gobierno a todas aquellas personas que trabajaron por un tiempo determinado y se han quedado sin trabajo.
Es importante entender que el paro no lo puede pedir cualquier persona que no tenga un trabajo, especialmente si eres extranjero. Hay una serie de requisitos que deben cumplirse.
También es muy importante recordar que el paro es una prestación que se considera ¨contributiva, ¨ ya que la cantidad de dinero que recibirá el solicitante al igual que el tiempo dependerán de las cotizaciones que tuvo el trabajador. Es decir, mientras más tiempo haya trabajado más dinero y más tiempo.
Primero se debe determinar si usted es un extranjero ciudadano europeo o no, porque también hay requisitos diferentes depende de su estado legal en España.
Si usted es un extranjero de algún país de la Unión Europea (UE) y el Espacio Económico Europeo (EEE), usted puede recibir la prestación por desempleo, conocido como el paro. Lo que necesitará es identificarse con su pasaporte o TIE y cumpliendo los requisitos de la prestación o subsidio que discutiremos más adelante.
¿Qué pasa si no pertenezco a la Unión Europea ni al EEE?
Debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener residencia legal (en España)
- Autorización de residencia (puede ser por cuenta ajena o por circunstancias excepcionales, residencia permanente, etc).
Requisitos para pedir el paro o pensión de desempleo:
- El solicitante debe de haber cotizado por desempleo como mínimo durante 360 días en los 6 años anteriores a quedarse en paro y que estas cotizaciones no se hayan utilizado para solicitar anteriormente otra prestación o subsidio.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Estar dado de alta en un régimen que contemple la prestación por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- No estar en edad de jubilación ni realizar trabajo por cuenta propia (existen excepciones en la ley.)
Es muy importante que sepa que la persona que está solicitando el paro es porque el trabajo se ha perdido por razones externas al trabajador, es decir, que el trabajador haya sido despedido, la suspensión, que no renueven tu contrato, etc. Si una persona ha renunciado entonces no puede solicitar la prestación por desempleo.
¿Cuánto se puede cobrar?
El trabajador podrá cobrar un porcentaje ¨de la base reguladora del trabajador. ¨
¿Cómo calculo la base reguladora?
¨Se calcula la media diaria de las bases de cotización que ha tenido el trabajador durante los últimos 6 meses cotizados. ¨
Una vez que conozca su base reguladora, la prestación por desempleo, o el monto que recibirá por estar en paro será un porcentaje de esa base.
En la página web www.loentiendo.com explican que:
«Durante los primeros seis meses el importe diario que se cobrará será el 70% de la base reguladora del trabajador.
A partir del séptimo mes (día 181), el paro se reduce y solo se recibe el 50% de la base.
Por ley se establecen cada año los importes máximos y mínimos que se pueden cobrar por la prestación contributiva. Para el 2019 la cuantía mínima de la prestación contributiva sin hijos es de 501,98 € y con uno o más hijos, 671,40 €. La cuantía máxima sin hijos es de 1.098,09 €, con un hijo 1.254,96 € y con dos o más 1.411,83 €. Estos importes máximo y mínimo se reducen proporcionalmente cuando hay contratos a tiempo parcial. ¨
¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar el paro?
Esto dependerá de cuantos años ha trabajado y sus cotizaciones. Normalmente, el tiempo para cobrar el paro es como mínimo 4 meses y máximo 2 años.
¿Cómo solicito el paro?
Debe realizar dos trámites importantes:
- Obtener la tarjeta del paro (esto lo hace al inscribirse como demandante de empleo).
- Solicitar la prestación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado. (Es decir, si usted sabe que quiere pedir el paro, hágalo justo después de trabajar, ya que si espera más de 15 días no podrá realizar este trámite). (Los fines de semana ni festivos se tomarán en cuenta).
Si usted está interesado en obtener más información sobre este proceso puede llamarnos al +34 911 270 920 o enviarnos un email a info@sternaabogados.com y podemos ayudarle en su caso.