La legislación española contempla diversos casos en los cuales es posible que se produzca la expulsión de un extranjero de nuestro país. De manera general, estos casos son la comisión por parte de un extranjero de alguna de las conductas que la Ley 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social reconoce como grave o muy grave o la realización, tanto fuera como dentro de nuestro país, de una conducta que sea considerada como delito y sea castigada con una pena privativa de libertad superior a un año.
El hecho de que se produzca la expulsión de un extranjero supone la ineficacia de cualquier tipo de permiso de trabajo o residencia así como el archivo del procedimiento para conseguirlos si este estuviera iniciado.
Existen ciertas personas que por su condición solo podrán ser expulsados si cometen alguna de las acciones calificadas como infracciones graves en el artículo 53.1 de la Ley 4/2000 o hayan reincidido en el plazo de un año. Son, por ejemplo, los nacidos en España que hayan residido legalmente en el país en los últimos cinco años, los residentes de larga duración, los españoles de origen que hayan perdido la nacionalidad.