Cuando un español se casa en el extranjero, debe registrar el matrimonio en el Registro del Consulado Español donde haya contraído matrimonio o en el Registro Central Español para que dicho matrimonio tenga efectos plenos en España.
Durante dicho proceso de inscripción, que puede llevar más de un año, las autoridades españoles estudian si ese matrimonio es válido en derecho o consideran que es fraudulento, o «de conveniencia», denegando por tanto dicha inscripción e imposibilitando así la obtención del permiso de residencia de familiar del ciudadano de la unión al cónyuge extranjero.
Un Juez del Registro Civil de cualquier ciudad española en la que contraigamos matrimonio podría también declarar el matrimonio de conveniencia y por tanto no aprobar el expediente, pero lo cierto es que la gran inmensa de los matrimonios declarados » de conveniencia» son aquellos que se han contraido en el extranjero y pasan por un proceso de inscripción en el Consulado.
Cuando esto pasa, podemos interponer una demanda civil solicitando al juez que reconozca nuestro matrimonio, y por tanto tendremos que probar que dicho matrimonio no es fraudulento, para ello hemos preguntado al Profesor de Derecho Internacional Privado Alfonso Ortega Giménez qué se considera «matrimonio de conveniencia» en España, y esto es lo que nos ha respondido: