En los últimos días se ha hecho público el borrador del Real Decreto que regula una regularización extraordinaria en España prevista para 2026, una medida largamente esperada que podría permitir a miles de personas extranjeras regularizar su situación administrativa.
Sin embargo, no se trata de una regularización automática ni generalizada: no todas las personas podrán acogerse y un error en el planteamiento puede cerrar puertas futuras.
Si eres solicitante de protección internacional o llevas tiempo en España en situación irregular, aquí te explicamos qué prevé el borrador, a quién se dirige realmente y cómo acogerse correctamente, con especial atención a las disposiciones DT5ª y DT6ª.
Qué es una regularización extraordinaria y por qué es diferente
Una regularización extraordinaria es una medida excepcional mediante la cual el Estado permite a determinadas personas extranjeras obtener una autorización de residencia, aun cuando no cumplen los requisitos habituales del régimen general o del arraigo.
A diferencia de otras vías:
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No está abierta de forma permanente
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Tiene requisitos muy concretos
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Se limita a perfiles definidos por la norma
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Suele tener plazos cerrados y no prorrogables
Por eso, anticiparse y analizar el caso antes de que se abra el plazo es clave.
Qué establece el borrador del Real Decreto de 2026
El texto actualmente en audiencia pública introduce una regularización extraordinaria dirigida a personas extranjeras que ya se encontraban en España antes de una fecha determinada, articulada a través de dos disposiciones transitorias:
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DT5ª: dirigida a solicitantes de protección internacional
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DT6ª: dirigida a otras personas extranjeras en situación administrativa irregular
Es importante entender que hablamos de un borrador, lo que implica:
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Algunos requisitos pueden matizarse
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El criterio administrativo será determinante
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La preparación del expediente marcará la diferencia
Regularización para solicitantes de protección internacional (DT5ª)
La DT5ª está pensada para personas que han solicitado asilo o protección internacional en España y que, tras un tiempo prolongado, no han visto resuelta favorablemente su situación.
A quién se dirige la DT5ª
Principalmente a:
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Solicitantes de protección internacional cuya solicitud haya sido denegada
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Personas que hayan desistido del procedimiento
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Solicitantes que lleven un largo periodo de permanencia en España
Requisitos previstos según el borrador
Aunque el texto definitivo está pendiente, se exige:
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Acreditar permanencia continuada en España
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Carecer de antecedentes penales relevantes
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No representar un riesgo para el orden público
Qué situaciones pueden quedar fuera
No todas las personas solicitantes entrarán automáticamente:
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Casos con resoluciones recientes
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Situaciones con antecedentes
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Expedientes con incoherencias documentales
Aquí es donde el análisis jurídico previo resulta determinante.
Regularización para otras personas extranjeras (DT6ª)
La DT6ª del borrador del Real Decreto amplía la regularización extraordinaria a personas extranjeras que no son solicitantes de protección internacional, pero que llevan tiempo residiendo en España en situación administrativa irregular y no han podido regularizarse por las vías ordinarias existentes.
Esta disposición está pensada para dar respuesta a situaciones de arraigo real y prolongado, en las que la persona ha desarrollado su vida en España, pero no cumple exactamente los requisitos exigidos por otros procedimientos de residencia.
Qué perfiles pueden acogerse
Según el borrador, podrán beneficiarse de esta regularización personas extranjeras que puedan acreditar:
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Personas que lleven varios años en España sin autorización
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Personas que no pueden acceder al arraigo tradicional
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Extranjeros que acrediten integración y permanencia efectiva
Cada caso deberá analizarse de forma individual, ya que el simple hecho de llevar tiempo en España no garantiza la concesión de la autorización.
Tiempo de permanencia exigido
El borrador establece un periodo mínimo de estancia continuada, que deberá acreditarse documentalmente mediante empadronamientos, informes u otros medios de prueba.
Diferencias con el arraigo social
Es importante tener en cuenta que esta regularización no sustituye al arraigo social en España, que sigue siendo una de las principales vías ordinarias de acceso a la residencia para personas extranjeras en situación irregular.
La regularización prevista en la DT6ª se configura como una vía excepcional y alternativa, pensada para quienes:
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No cumplen los requisitos actuales del arraigo social.
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No pueden aportar oferta de empleo o informe de inserción social.
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Se encuentran en situaciones que el arraigo tradicional no cubre adecuadamente.
Requisitos generales para acogerse a la regularización extraordinaria
Aunque cada caso debe estudiarse de forma individual, de forma general se valorarán:
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Permanencia continuada en España antes de la fecha límite
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Carecer de antecedentes penales en España y países de origen
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No tener prohibición de entrada
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Acreditar identidad y situación personal
👉 Cumplir un requisito no garantiza la concesión si el expediente no está bien planteado.
Qué documentación se exigirá para iniciar el trámite
Uno de los puntos más delicados es la prueba documental. Habitualmente se requerirá:
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Certificados de empadronamiento histórico
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Documentación identificativa
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Resoluciones administrativas previas
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Informes sociales o acreditativos de integración
En nuestra experiencia, muchas denegaciones se producen por pruebas mal aportadas o mal interpretadas.
Plazos previstos y cuándo se podrá solicitar
El borrador prevé que el procedimiento se abra durante un periodo limitado en 2026.
Esto implica que:
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Quien no llegue preparado puede quedarse fuera
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No habrá margen para subsanaciones extensas
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Esperar al último momento suele ser un error
👉 La preparación debe empezar antes de que se publique el texto definitivo.
Riesgos de solicitar la regularización sin asesoramiento legal
Solicitar esta regularización sin un estudio previo puede implicar:
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Denegación automática
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Pérdida de futuras opciones de arraigo
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Exposición innecesaria ante Extranjería
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Bloqueo de procedimientos posteriores
No es un trámite administrativo más, es una decisión jurídica estratégica.
Cómo te ayudamos como abogados de extranjería
Desde nuestro despacho ofrecemos un acompañamiento legal completo, que incluye:
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Estudio individualizado de tu situación
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Preparación del expediente
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Presentación y seguimiento del procedimiento
Nuestro objetivo no es solo presentar la solicitud, sino maximizar las posibilidades reales de regularización.
Si estás valorando acogerte a esta regularización extraordinaria, contacta con nosotros y analizaremos tu caso antes de que se abra el plazo oficial.