Nacionalidad española para judíos sefardíes

Quiénes son los judios sefardíes?

Se conoce por este nombre a los judíos que vivieron en la Península Ibérica y, en particular, a sus descendientes, aquéllos que tras los Edictos de 1492 que compelían a la conversión forzosa o a la expulsión tomaron esta drástica vía.

¿Y si soy judío sefardí pero no puedo probarlo?

Estas tres vías se aplican SOLO a los judíos sefarditas que puedan certificar esta circunstancia.

¿Y si soy de origines sefarditas pero no practico la religión?

La ley solo exige certificar el origen no la confesión religiosa.

¿Y si soy judío pero no sefardí?

Estas tres vías se aplican SOLO a los judíos sefarditas que puedan certificar esta circunstancia.

La ley sobre la adquisición de la nacionalidad española para Judíos Sefardíes aprobada en octubre de 2015 abrió una vía específica para esa comunidad de adquirir la nacionalidad. Esa opción debía cerrarse en octubre de 2018, pero el gobierno recientemente extendió el plazo hasta octubre de 2019.

Por lo tanto, Judíos Sefardíes que desean adquirir la nacionalidad española lo pueden hacer de dos maneras:

  • Por naturalización: Judíos Sefardíes pueden solicitar la nacionalidad española, independientemente de su nacionalidad y sin cumplir ningún requerimiento de residencia.
  • Por residencia: Los Judíos Sefardíes pueden solicitar la nacionalidad española después de dos años viviendo continuamente y legalmente en España

Gracias a la ley de 2015, independientemente de cual vía escojas como judío sefardita, no perderás tu anterior nacionalidad con motivo de la adquisición de la española. Sin embargo, para poder solicitar por cualquiera de las tres vías, es imprescindible certificar el origen sefardí.

¿Cómo certifico que tengo origen Sefardí?

La lista de documentos acreditando su origen Sefardí no es exhaustiva, por lo que no está obligado a entregar cada uno ellos. Un notario designado tendrá la responsabilidad de examinar los documentos aportados y estimar si demuestran su origen Sefardí.

Esa es una lista de los documentos que acreditan el origen Sefardí:

  • Certificado expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España.
  • Certificado expedido por el presidente o cargo análogo de la comunidad judía de la zona de residencia o ciudad natal del interesado.
  • Certificado de la autoridad rabínica competente, reconocida legalmente en el país de la residencia habitual del solicitante.

Para certificar la autenticidad de estos dos últimos documentos, el solicitante debe aportar:

  • Copia de los Estatutos originales de la entidad religiosa extranjera.
  • Certificado de la entidad extranjera que contenga los nombres de quienes hayan sido designados representantes legales.
  • Certificado o documento que acredite que la entidad extranjera está legalmente reconocida en su país de origen.
  • Certificado emitido por el representante legal de la entidad que acredite que el Rabino firmante ostenta, efectiva y actualmente, tal condición conforme a los requisitos establecidos en sus normas estatutarias.

Otros documentos relevantes:

  • Acreditación del uso como idioma familiar del ladino o «haketía», o por otros indicios que demuestren la tradición de pertenencia a tal comunidad.
  • Partida de nacimiento o la «ketubah» o certificado matrimonial en el que conste su celebración según las tradiciones de Castilla.
  • Informe motivado, emitido por entidad de competencia suficiente, que acredite la pertenencia de los apellidos del solicitante al linaje sefardí de origen español.
  • Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su condición de sefardí originario de España.

¿Cómo puedo demostrar mi especial vinculación con España?

Si elige solicitar la nacionalidad española por la vía de la naturalización, aunque no tiene que ser residente en España para hacerlo, necesita demostrar tener una especial vinculación con el país.

Para ello, necesitará aportar a su expediente los siguientes documentos obligatorios:

  • La superación del examen CCSE del Instituto Cervantes. Se trata de un examen de cultura y historia española.
  • La superación del examen DELE del Instituto Cervantes que acredita su conocimiento del idioma castellano. La nota mínima exigida es A2.

Puede solicitar la dispensa de estos dos exámenes si usted es mayor de 70 años.

Como para demostrar su origen Sefardí, la lista de documentos que demuestran su especial vinculación con España no es exhaustiva, y los documentos se examinara en su conjunto. Por lo tanto, puede facilitar:

  • Certificados de estudios de historia y cultura españolas expedidos por instituciones oficiales o privadas con reconocimiento oficial.
  • Acreditación del conocimiento del idioma ladino o «haketía».
  • Inclusión del peticionario o de su ascendencia directa en las listas de familias sefardíes protegidas por España, a que, en relación con Egipto y Grecia, hace referencia el Decreto-ley de 29 de diciembre de 1948, o de aquellos otros que obtuvieron su naturalización por la vía especial del Real Decreto de 20 de diciembre de 1924.
  • Parentesco de consanguinidad del solicitante con una persona de las mencionadas en el punto anterior.
  • Realización de actividades benéficas, culturales o económicas a favor de personas o instituciones españolas o en territorio español, así como aquellas que se desarrollen en apoyo de instituciones orientadas al estudio, conservación y difusión de la cultura sefardí.
  • Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su especial vinculación con España.

Puedo certificar mi origen pero no mi especial vinculación. ¿Qué puedo hacer?

Como explicado en el último punto, usted puede invocar otras circunstancias estableciendo un vínculo, como es por ejemplo tener residencia legal en España. Claramente al ser valorado en conjunto cuanto mayor número de circunstancias se reúna mayores posibilidades de éxito de la solicitud.

¿Pero, y si no es suficiente?

Al ser sefardí, poder probarlo y tener residencia legal, podrás seguir el procedimiento según la ley de nacionalidad por residencia. Que, como en el caso anterior, son necesarios los exámenes de idioma (según la lengua oficial de tu país de origen) y el de cultura.

Si aún tiene preguntas no dude en contactarnos, puede llamarnos al +34 911 270 920 o enviarnos un email a info@sternaabogados.com