El pasado 1 de enero de 2007 se hizo efectiva la entrada de Rumanía y Bulgaria en la Unión Europea, en virtud del Tratado firmado el 25 de abril de 2005. No obstante, a pesar de esta incorporación, estos países todavía cuentan con restricciones en cuanto a la libre circulación de trabajadores.
La Libre circulación de trabajadores o “Free movement of workers” supone que todo nacional de un Estado miembro de la Unión Europea tiene derecho a trabajar por cuenta ajena en el territorio de otro Estado miembro en las mismas condiciones que sus nacionales.
Pues bien, en el acta de las condiciones de adhesión de estos países se incluían unas cláusulas por las cuales se podía retrasar por un cierto periodo de tiempo la aplicación de este derecho a los países recién incorporados.
En este sentido, España abrió su mercado laboral a Rumanía y Bulgaria en 2009, dos años después de su adhesión. No obstante, la nefasta situación económica española, con el número de desempleados más elevado de la historia, propició que en agosto de 2011 la Comisión Europea aceptase imponer de nuevo la restricción a la libre circulación de trabajadores en nuestro país. Es importante matizar que esta medida no afectó a aquellos rumanos y búlgaros que se hallaban trabajando en España en ese momento.
Esta restricción finalizará en próximo 31 de diciembre de 2013, momento en el que se levantarán todas las barreras y la libre circulación será de nuevo plenamente efectiva. Por lo que se, a pesar del difícil momento que atraviesa nuestro país, se prevé la venida de un aluvión de trabajadores extranjeros procedentes de estos países.
No en vano, en España residen ya más de novecientos mil rumanos, lo que supone un 17% del total de la población extranjera que, además, continúa aumentando.